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otro lado, los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, se ubican
en el mismo peldaño que la Carta magna y por encima de las leyes expedidas por
el órgano legislativo. Asimismo, si bien el artículo 133 contiene de manera
expresa el principio de supremacía constitucional, existen otros preceptos en
la Constitución mexicana, que de manera implícita nos llevan a ubicarla como la
lex fundamentalis de la Nación Mexicana; entre ellos, artículos 41, 128 y
135.
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